El Tribunal Supremo ha condenado a penas de entre ocho meses y un año y 10 meses de cárcel a siete personas que difundieron en 2017, a través de Facebook, comentarios agresivos y violentos contra menores extranjeros no acompañados en Melilla. Les llamaron “escoria”, “bazofia” o “gentuza” y abogaron por crear patrullas de vigilancia para “limpiar” las calles y obligarles a irse “a su puto país a pasar hambre”. La Sala Penal, en una sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS, considera que esas expresiones constituyen un delito de odio y ha confirmado el criterio de la Audiencia Provincial de Málaga, que corrigió una resolución anterior de un juzgado de Melilla que absolvió a todos los acusados. El Supremo, no obstante, les rebaja algo las penas al aplicarles la atenuante de dilaciones indebidas.
Seguir leyendo