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La Audiencia Provincial de Madrid ratifica que se puede llamar a los Testigos de Jehová “secta destructiva”

today23 Aprile 2026

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No es delito calificar como “secta religiosa” y “secta destructiva” a los Testigos de Jehová, según la resolución que ha hecho pública este martes la Audiencia Provincial de Madrid. Ha sido el desenlace de un litigio que se remonta a otro anterior, de tres años atrás. La organización religiosa denunció a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (AEVTJ) por menoscabar su derecho al honor. Les exigían una indemnización de 25.000 euros y que la asociación borrara su nombre, retirara su estatuto, cerrara sus redes sociales y su sitio web y, en definitiva, que borrara todo rastro de esa entidad, cuya finalidad es denunciar los excesos que dicen haber sufrido sus miembros cuando formaban parte de la organización religiosa. El fallo del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz en 2023 fue que el derecho a la libertad de expresión de los acusados prevalecía sobre el derecho al honor de los denunciantes. No conformes, los religiosos presentaron una apelación cuyo resultado ha vuelto a ser desfavorable, por lo que tendrán que pagar las costas procesales. Todavía disponen de 20 días hábiles para presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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